En Peligro Nuestra Herencia Patrimonial Indígena y Nuestros Lugares Sagrados.
Ley para la re-estructuración y unificación del proceso de evaluación y otorgamiento de permisos (Proyecto de la Cámara 1649- 12 de mayo, 2009).
La Ley en referencia deroga los artículos 6 y 7 de la ley # 10 de 7 de agosto, 1987.
Estos dos artículos crean el Consejo de Arquelogía Marítima.
Además la misma ley también deroga las secciones 2 y 3 de la Ley # 112 del 20 de Julio de 1988. (Ley de Protección del Patrimonio Arquelógico Terrestre de P.R.) una de estas crea el Consejo de Arqueología Terrestre y la otra establece su composición.
Esta nueva ley establece que las facultades, deberes y obligaciones que la ley 112 imponía al Consejo de Arqueología Terrestre pasen al Instituto de Cultura Puertorriqueña cuando no haya conflicto con la Oficina de Gerencia de Permisos.
Esta nueva ley amenaza nuestros lugares sagrados, sitios que aún no han sido descubiertos, nuestro patrimonio sagrado indígena único en el Mundo, que nos pertenece a todos los Boricuas, el legado que dejaron nuestros ancestros como un regalo a las generaciones del futuro y a la humanidad.
Esperamos que el Cuerpo Legislativo sea cuidadoso al respecto, proteja y preserve estos lugares, artefactos, osamentas y asigne los recursos humanos y fiscales necesarios para su preservación para las futuras generaciones. La Confederación Unida del Pueblo Taíno (UCTP/ CUPT) oficialmente reconocida por las Naciones Unidas y afiliado del International Indian Treaty Council (Consejo Internacional de Tratados Indios), espera ser consultada para ofrecerles su peritaje a estos efectos, ya que llevamos mas de once años divulgando y luchando en los foros nacionales e internacionales para que nuestro patrimonio arqueológico sea protegido y preservado en Borikén (Puerto Rico).
El Pueblo Indígena de Puerto Rico espera que los legisladores y representantes elegidos a puestos públicos consideren la importancia de los alcances de esta ley y la amenaza que se cierne sobre nuestro patrimonio nacional indígena que es nuestra raíz Boricua. Las leyes del pasado han mostrado su ineficacia e.j. PO 29 - Jácanas, Ponce. La atención a este asunto puede preservar nuestras reliquias históricas y culturales para las próximas catorce generaciones según un proverbio indígena.
Ponencia preparado por Eva Tona Lazu
Ley para la re-estructuración y unificación del proceso de evaluación y otorgamiento de permisos (Proyecto de la Cámara 1649- 12 de mayo, 2009).
La Ley en referencia deroga los artículos 6 y 7 de la ley # 10 de 7 de agosto, 1987.
Estos dos artículos crean el Consejo de Arquelogía Marítima.
Además la misma ley también deroga las secciones 2 y 3 de la Ley # 112 del 20 de Julio de 1988. (Ley de Protección del Patrimonio Arquelógico Terrestre de P.R.) una de estas crea el Consejo de Arqueología Terrestre y la otra establece su composición.
Esta nueva ley establece que las facultades, deberes y obligaciones que la ley 112 imponía al Consejo de Arqueología Terrestre pasen al Instituto de Cultura Puertorriqueña cuando no haya conflicto con la Oficina de Gerencia de Permisos.
Esta nueva ley amenaza nuestros lugares sagrados, sitios que aún no han sido descubiertos, nuestro patrimonio sagrado indígena único en el Mundo, que nos pertenece a todos los Boricuas, el legado que dejaron nuestros ancestros como un regalo a las generaciones del futuro y a la humanidad.
Esperamos que el Cuerpo Legislativo sea cuidadoso al respecto, proteja y preserve estos lugares, artefactos, osamentas y asigne los recursos humanos y fiscales necesarios para su preservación para las futuras generaciones. La Confederación Unida del Pueblo Taíno (UCTP/ CUPT) oficialmente reconocida por las Naciones Unidas y afiliado del International Indian Treaty Council (Consejo Internacional de Tratados Indios), espera ser consultada para ofrecerles su peritaje a estos efectos, ya que llevamos mas de once años divulgando y luchando en los foros nacionales e internacionales para que nuestro patrimonio arqueológico sea protegido y preservado en Borikén (Puerto Rico).
El Pueblo Indígena de Puerto Rico espera que los legisladores y representantes elegidos a puestos públicos consideren la importancia de los alcances de esta ley y la amenaza que se cierne sobre nuestro patrimonio nacional indígena que es nuestra raíz Boricua. Las leyes del pasado han mostrado su ineficacia e.j. PO 29 - Jácanas, Ponce. La atención a este asunto puede preservar nuestras reliquias históricas y culturales para las próximas catorce generaciones según un proverbio indígena.
Ponencia preparado por Eva Tona Lazu
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